Monotributo: AFIP dio a conocer los nuevos valores para pagar y facturar

La agencia publicó una tabla que muestra la primera recategorización semestral del régimen simplificado. La facturación aumentará un 49% y las cuotas mensuales un 110,9%. Los montos que se aplicarán a la recategorización comenzarán desde el 1 hasta el 22 de enero.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó una tabla con los nuevos valores para el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo) que regirán a partir del 1 de enero de 2024.

La nueva tabla se aplicará para realizar la recategorización semestral que se habilitará el 1 de enero y estará disponible hasta el 22 de ese mes.

Los valores quedarán establecidos de la siguiente manera:

  • Categoría A: pasará a $2.108.288,22 anual. Cuota: $ 12.128,39
  • Categoría B: pasará a $3.133.941,71 anual. Cuota: $ 13.571,75
  • Categoría C: pasará a $4.387.518,35 anual. Cuota: $ 15.241,42
  • Categoría D: pasará a $5.449.094,70 anual. Cuota: $ 19.066,46
  • Categoría E: pasará a $6.416.528,89 anual. Cuota: $ 24.526,43
  • Categorías F: pasará a $8.020.661,11 anual. Cuota: $ 29.223,11
  • Categoría G: pasará a $9.624.793,31 anual. Cuota: $ 33.439,61
  • Categoría H: pasará a $11.916.410,77 anual. Cuota: $ 56.402,68
  • Categoría I: pasará a $13.337.213,57 anual. Cuota: $ 81.121,96
  • Categoría J: pasará a $15.285.088,45 anual. Cuota: $ 93619,47
  • Categoría K: pasará a $16.957.969,16 anual. Cuota: $ 106,964,65

Recategorización

La recategorización es la evaluación obligatoria que se realiza cada dos años (enero y julio) en la que surge un cambio de categoría y el contribuyente debe registrar los nuevos parámetros.

En estos períodos, todos los monotributistas deben realizar esta evaluación de sus parámetros. En caso de mantener la misma categoría, no es necesario ingresar los datos al sistema.

No corresponde hacer la recategorización si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción al régimen simplificado. En cambio, si el período es entre 6 meses y menos de 12, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización.

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